IMPACTO DE LOS DERECHOS LABORALES EN EL T-MEC Y LAS EXPORTACIONES.
Una de las ventajas para México en el tratado es el reducir los costos derivados de operaciones aduaneras, facilitar los intercambios comerciales, a través de una rápida circulación de mercancías en las fronteras y facilitar el control de la cadena logística.
Desafortunadamente si se levanta una queja a Estados Unidos o Canadá por algún colaborador de la empresa o cualquier otra persona en México por temas de violación de derechos laborales, sobre todo en el cumplimiento de los derechos de asociación, libertad sindical y negociación colectiva, entonces se activa el Mecanismo Laboral de Respuesta Rápida (MLRR) algo que es único en el mundo.
¿Como funciona esto?
1. Presentación de queja: Si Estados Unidos o Canadá creen que una instalación en México está violando los derechos laborales acordados en el T-MEC, pueden presentar una queja formal.
- Investigación inicial: Para determinar si es válida.
- Solicitud de revisión: Si es válida, se solicita formalmente a México que investigue y revise las condiciones laborales en la instalación acusada.
- Informe de revisión: México debe investigar y presentar un informe detallado. Si se confirman las violaciones debe tomar medidas para corregirlas.
- Resolución de la disputa: Si México no toma las medidas adecuadas, el país que presentó la queja puede solicitar la formación de un panel laboral. Este panel revisará el caso y emitirá un fallo.
- Sanciones: Si el panel encuentra que México no ha cumplido con sus obligaciones laborales, puede imponer sanciones comerciales hasta que se rectifique la situación.
Sanciones Comerciales que pueden aplicarse:
- Suspensión de beneficios comerciales: El país que presentó la queja (Estados Unidos o Canadá) puede suspender las preferencias arancelarias otorgadas a los productos de la instalación en cuestión.
- Prohibición de importaciones: En casos graves, el país demandante puede prohibir completamente la importación de productos provenientes de la instalación que viola los derechos laborales.
- Medidas adicionales: Además, pueden adoptarse otras medidas correctivas, pueden incluir la reubicación de trabajadores o la implementación de nuevas políticas laborales en la instalación afectada.
Hasta el momento hemos tenido 31 quejas de este tipo, de las cuales cinco aun están abiertas con las afectaciones económicas y reputacionales para las empresas.
Las asociaciones empresariales mexicanas solicitan que en la próxima revisión del TECMEC en el año 2026 este mecanismo sea revisado.
Desde BeHumani podemos ayudar a tu empresa con un diagnóstico de cumplimiento de todos los aspectos a considerar por el T-MEC y los planes de acción que se requieran.
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